CONOCE MÁS SOBRE LAS SERVIDUMBRES ELÉCTRICAS

Con la construcción de líneas de transmisión y distribución eléctricas, regional y local, por parte de Enel Colombia, permitimos que la energía sea transportada hacia más personas en Bogotá y Cundinamarca, para llevar progreso a las comunidades.

Pero...¿Qué son las líneas de transmisión eléctrica?

¿Qué sucede si una línea de transmisión o distribución eléctrica pasa por mi propiedad?

El ancho de la franja de servidumbre está determinado por un documento del Ministerio de Minas y Energía, llamado Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE). Esta distancia depende del tipo de infraestructura que se requiera, y de los niveles de tensión-voltaje de la línea de transmisión o distribución. 

Por ejemplo, para las líneas de transmisión de alta tensión a 115 kilovoltios (kV), construidas por Enel Colombia en Bogotá y Cundinamarca, se establece un total de 20 metros para torres (10 metros a cada lado, contado desde el eje en la línea) y 15 metros para postes (7,5 metros a cada lado, contado desde el eje en la línea).

 

Enel busca realizar negociaciones directas con los propietarios y el paso a paso de la constitución de servidumbre es el siguiente: 

Compensación por constitución de servidumbres

  • Esta compensación integral se paga por una única vez, para toda la operación del proyecto. No es una compra, expropiación o arrendamiento; sino una limitación de una parte del predio. 
 
  • Aceptarlo no significa que pierdas tu propiedad, ni que debas dejar de usarlo. Tú sigues siendo el dueño del terreno, y puedes aprovecharlo como lo desees (cultivos o ganadería), pero debes permitir que el personal de la Compañía se movilice libremente por esta franja, para realizar los trabajos requeridos.

 

¿Cómo se determina el valor que recibiría el propietario por la constitución de la servidumbre?

  • El valor de compensación por la constitución de la servidumbre es concertado con cada uno de los propietarios; y se calcula teniendo en cuenta el valor comercial del predio. Para esto, se realiza un avalúo comercial por parte de una lonja de propiedad raíz, quien utiliza la metodología establecida en la Resolución N. 1092 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).  
 
  • Siempre se busca llegar a un acuerdo equitativo, que permita al propietario conocer los beneficios y las condiciones de la propuesta, y recibir una compensación. Así mismo, busca que la empresa pueda desarrollar el proyecto, beneficiando a todos los habitantes de Bogotá y Cundinamarca.

 

¿Qué pasa si el propietario de predio no quiere llegar a un acuerdo para constituir la servidumbre?

  • Cuando no es posible llegar a un acuerdo con el propietario, se debe realizar la imposición de la servidumbre. Ésta consiste en que un juez visita el predio, verifica el valor ofertado, y determina si es necesario imponer la servidumbre. 

 

  • Las líneas de transmisión eléctricas son un bien de utilidad pública e interés social; y como lo establecer el Artículo 58 de la Constitución Política de Colombia, el interés general prima sobre el particular.  

 

¿Qué pasa si el predio es afectado en su mayoría por la servidumbre? 

  • Si el área de la servidumbre afecta el 70% o más del área del predio, de acuerdo a la Ley 56 de 1981, el propietario tendrá el derecho de pedirle a Enel, que le compre la totalidad del predio, o solamente la parte afectada por la obra.  
 
  • “A través de la servidumbre eléctrica, llevamos energía a cada rincón de Bogotá y Cundinamarca, impulsando el progreso y bienestar de todos”.