
¿Por qué se generó la alianza entre Ciudad Limpia Bogotá y Enel?
Enel Colombia fue escogida Ciudad Limpia para la facturación conjunta y el recaudo de su servicio, con el propósito de brindarle a los usuarios de Fontibón y Kennedy los beneficios del esquema de facturación mensual, un amplio portafolio de puntos y canales de recaudo, y las ventajas del diseño de la factura de Enel Colombia.
Beneficios de que el cobro del servicio de aseo venga integrado en la factura de Enel Colombia
Esta mejora hará más fácil el pago para los habitantes de las localidades de Fontibón y Kennedy ya que el cobro del servicio de aseo se verá reflejado en la factura de energía.
Así el nuevo sistema te permitirá conocer el detalle de tu consumo, tener una mejor planeación de tus gastos, contar con más de 37.000 puntos de pago a nivel nacional y acceder a la modalidad de factura virtual, así como a un diverso portafolio de canales de atención no presenciales, para pagar tu factura a la hora que quieres y desde la seguridad y comodidad de tu casa.
Pero no te preocupes porque no habrá cambios sustanciales en la tarifa del servicio de aseo, ni costos adicionales. Simplemente ahora la verás dividida en períodos mensuales y no bimensuales.
Tampoco debes dudar del cobro que se realice de tu domicilio ya que Ciudad Limpia Bogotá es una empresa vigilada por la Superintendencia de Servicios Públicos y cumple lo establecido en el decreto 2981 de 2013, respecto a lo que tiene que ver con el servicio público de aseo y garantizará la limpieza de las áreas públicas de tu localidad.
¿Y si tienes dudas o algún reclamo a quién le puedes preguntar?
Teniendo en cuenta que Enel Colombia es únicamente responsable de la impresión de la factura y del recaudo, la adecuada prestación del servicio de aseo y el proceso de liquidación del cobro (valor y tarifa asignada a cada cliente) dependen de Ciudad Limpia Bogotá, a quien puedes contactar a través de sus líneas de atención:
- Línea rápida de atención al cliente: 110 o a través del chat https://sigab.gov.co/
- Centro de Atención al usuario: Av. Boyacá No. 6B - 20
Horario de atención: lunes a viernes desde las 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. - sábados desde las 9:00 a.m. hasta la 1:00 p.m.
- Supercade de las Américas: Ak. 86 #43-55
Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.
- Correo electrónico: linea110@1proceraseo.co
- Página web: www.ciudadlimpiabogota.com.co
- App: Sigab Ciudadano, disponible para Android en el Play Store
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Me están cobrando el servicio de aseo en mi factura de energía?
Enel Colombia fue escogida por varios prestadores del servicio de aseo en Bogotá y Cundinamarca para la facturación conjunta y el recaudo de su servicio. De esta forma, en la misma factura el cliente encontrará de forma discriminada el cobro del servicio de energía, el cual es responsabilidad de Enel Colombia, y el cobro del servicio de aseo, el cual es responsabilidad del respectivo prestador.
Este cambio obedece al interés de los prestadores de llevar a la población los beneficios del esquema de facturación mensual, puntos de recaudo y diseño de factura de Enel Colombia a sus usuarios y clientes, así la suscripción a la factura digital.
- Bogotá: Promo Ambiental y Área limpia en las localidades de Suba, Usaquén, Chapinero, La Candelaria, Santafé, San Cristóbal, Usme y Sumapaz.
- Cundinamarca: Ser Ambiental, Central Colombiana de Aseo, Trash Global y Urbaser para atender a los municipios de Girardot, Flandes, Ricaurte, Arbeláez, Agua de Dios, Tocaima, Soacha, parte de Fusagasugá y parte de Facatativá.
- Próximamente Ciudad Limpia Bogotá en las localidades de Fontibón y Kennedy.
¿Cuándo empezará a regir la facturación conjunta?
Actualmente, la facturación conjunta es una realidad en las localidades de Suba, Usaquén, Chapinero, La Candelaria, Santafé, San Cristóbal, Usme y Sumapaz en Bogotá, así como en los municipios de Girardot, Flandes, Ricaurte, Arbeláez, Agua de Dios, Tocaima, Soacha, parte de Fusagasugá y parte de Facatativá.
Próximamente, esta modalidad empezará a regir en las localidades de Fontibón y Kennedy, en las zonas de influencia del operador Ciudad Limpia Bogotá.
Ahora bien, en otras zonas en las que se vaya a implementar el cambio, serán los operadores de aseo los encargados de informarle oportunamente a los usuarios.
¿A quién le debo reclamar en caso de que se presente algún inconveniente en la recolección de residuos, los cargos facturados o la prestación del servicio de aseo con los operadores que facturan a través de Enel Colombia?
Teniendo en cuenta que Enel Colombia es responsable de la impresión de la factura y del recaudo, la adecuada prestación del servicio de aseo y el proceso de liquidación del cobro (valor y tarifa asignada a cada cliente) dependen de los respectivos prestadores, a quienes puede contactar a través de sus líneas de atención.
- Área Limpia (localidad de Suba)
o Línea de atención telefónica PQR: 110
o Centro de atención al usuario: Calle 129 # 54 – 38/40 locales 123 y 124. Con aforo limitado. Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
o Centro de servicios SuperCADE Suba: Cra 91 # 134 – 34 Local 1 y 2. Horario de atención: lunes a viernes 7:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 5:30 p.m., y sábados: de 8:00 am a 12 p.m.
o Correo electrónico: linea110@procerasero.co
o Página web: https://arealimpia.com.co/
o Radicación de PQRs: https://sigab.gov.co/
- Promoambiental Distrito SAS E.S.P.
o Línea de atención telefónica PQR: 110
o Centro de atención al usuario: TV 4 # 51A – 25. Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. Con aforo limitado
o SuperCADE 20 Julio: Cra 5A # 30D – 20 Sur. Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. (jornada continua) y sábados de 8:00 a.m. a 12 p.m.
o Cade Tuberin: Cra 21 # 169 – 62 centro comercial Sttugart, local 118
o Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.
o Correo electrónico: linea110@procerasero.co
o Página web: https://arealimpia.com.co
o Radicación de PQRs: https://sigab.gov.co/
- Ser Ambiental S.A.S.
o Línea rápida de atención al cliente: 110
o Girardot: Calle 21ª # 2-07 b/San Antonio telefax: (1)8353500/01
o Fusagasugá: centro comercial Manila, local 22 teléfono: (1)8673972
o Arbeláez: Calle 5 # 5-46
o El espinal: Calle 8 # 8–16 telefax:(8)2484000
o Melgar: Cra 21 # 8-30, local 3 teléfono: (8)2452524
o El Guamo: Calle 11 # 11-14 teléfono: (8)2271710
o Flandes: Calle 12 # 7-49 teléfono: (8)2400030
o Ricaurte: Calle 4 # 15 – 01 barrio centro teléfono: (1)8366204.
Todos los puntos de Atención con aforo limitado
o Correo electrónico: pqr@serambiental.com
o Página web: http://www.serambiental.com/
- Trash Global:
o Centro de atención al usuario_ Cra. 10 No. 8A -12
o Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Con Aaforo limitado.
o Correo electrónico: atencionusuario@trashglobal.com
o Teléfonos de Contacto: 321 3290474 – 311 6899
o Página web: http://www.trashglobal.com/
o Redes sociales: @TrashGlobalSAESP
- Urbaser Soacha
o Líneas telefónicas: 575 5693 – 575 0282 – 5757 7403 - 3213588711
o Centro de atención al usuario: Cra 6 No. 18 – 37 Barrio San Luis
o Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Con aforo limitado
o Correo electrónico: cliente.soacha@urbaser.co
o Página web: www.urbaser.co
- Urbaser Facatativá
o Líneas telefónicas: 8422202 – 8428029
o Centro de atención al usuario: Calle 8 # 8-09
o Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. Con aforo limitado
o Correo electrónico: cliente.facatativa@urbaser.co
o Página web: www.urbaser.co
- Ciudad Limpia Bogotá S.A. E.S.P.
Línea rápida de atención al cliente: 110 o a través del chat https://sigab.gov.co/
- Centro de Atención al usuario: Av. Boyacá No. 6B - 20
Horario de aAtención: lunes a viernes desde las 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. - sábados desde las 9:00 a.m. hasta la 1:00 p.m.
- Supercade de las Américas: Ak. 86 #43-55
Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.
- Correo electrónico: linea110@1proceraseo.co
- Página web: www.ciudadlimpiabogota.com.co
Sigab Ciudadano, disponible para Android en el Play Store
¿Puedo pagar solo el valor correspondiente a energía y no pagar el de aseo?
De acuerdo con la Ley 142/1994, art. 147, Parágrafo: “Cuando se facturen los servicios de saneamiento básico y en particular los de aseo público y alcantarillado, conjuntamente con otro servicio público domiciliario, no podrá cancelarse este último con independencia de los servicios de saneamiento básico, aseo o alcantarillado, salvo en aquellos casos en que exista prueba de mediar petición, queja o recurso debidamente interpuesto ante la entidad prestataria del servicio de saneamiento básico, aseo o alcantarillado”.
¿Pueden suspenderme el servicio de energía si no pago el servicio de aseo?
De acuerdo con la Ley 142/1994, art. 147, el servicio de aseo no podrá cancelarse con independencia del servicio de energía, por lo cual el pago inoportuno o incompleto de la factura podría llevar a la suspensión del servicio.
¿El valor del servicio de energía incrementará por la vinculación del servicio de aseo en la factura?
La tarifa por el servicio de energía no variará por cuenta de la vinculación del cobro del servicio de aseo en la misma factura. Son servicios y tarifas totalmente independientes, y sus costos se verán reflejados de forma discriminada en la factura.
¿Se mantiene la cantidad de puntos de pago de la factura de aseo y energía?
Sí, los clientes tienen a su disposición diferentes medios de pago y más de 37.000 puntos de pago presencial a nivel nacional. Además, pueden realizar sus trámites mediante los canales digitales de Enel Colombia: página web www.enel.com.co, la aplicación móvil Enel Colombia y a través de Elena, su asistente virtual (WhatsApp: 3162836092).
¿La facturación conjunta me permite acceder a la opción de factura virtual?
Por supuesto. Enel Colombia tiene a disposición de todos sus clientes la opción de factura virtual, que le permite recibir a través de correo electrónico su factura y adicionalmente recibir un recordatorio de las fechas de pago por medios virtuales.
Los clientes pueden suscribirse para recibir la factura virtual vía correo electrónico y realizar las transacciones a través de canales digitales. Para obtener este servicio, se debe ingresar a www.enel.com.co en la sección factura virtual. Adicionalmente, la aplicación móvil Enel Colombia, disponible para descargar en dispositivos Android y Apple, permite a los clientes realizar el pago de la factura desde el botón PSE, disponible en la sección ‘Cuenta’.
¿La tarifa de aseo es única dependiendo del sector y estrato donde viven los clientes?
La tarifa del servicio de aseo varía de acuerdo con lo establecido en la Resolución CRA 720 de 2015, mediante la cual se determina el régimen de regulación tarifaria por el que se rigen los operadores de aseo.
¿Cómo se calcula el cobro del servicio de aseo?
Las tarifas son generadas por el prestador del servicio de aseo y se calculan según la metodología tarifaria establecida en la Resolución CRA 720 de 2015.
Cabe destacar que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento básico (CRA) regula las tarifas y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) realiza la vigilancia a la correcta aplicación de estas y a la calidad de la prestación del servicio.
¿De qué depende el incremento en el cobro de la tarifa de aseo?
Teniendo en cuenta que la tarifa del servicio de aseo tiene varios componentes contemplados en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS), la tarifa podría variar de acuerdo con la cantidad de residuos generados.
Algunas de las actividades contempladas en el PGIRS son:
- Recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos ordinarios.
- Tratamiento de lixiviado.
- Corte de césped.
- Barrido y limpieza de días y áreas públicas.
- Incentivo al aprovechamiento.
- Instalación y mantenimiento de cestas públicas.
¿Es obligatorio pagar el servicio de aseo?
Al ser un servicio de saneamiento básico, la vinculación al servicio público domiciliario de aseo no es de carácter opcional y, según lo establecido en el artículo 128 de la ley 142 de 1994, es deber del usuario afiliarse al mismo.