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Preguntas frecuentes

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Encuentra la respuesta a las inquietudes que tengas relacionadas con suministro de energía, alumbrado público, Crédito Fácil Codensa y más.

Si, se generó una alianza entre Enel Codensa, Promo Ambiental y Área limpia el cual aplica para las siguientes localidades: Suba, Usaquén, Chapinero, La Candelaria, Santafe, San Cristóbal, Usme y Sumapaz. Conoce lo que cambiará a partir de ese momento:

1.  La facturación del servicio de aseo será mensual, lo que te permitirá planear mejor tus gastos.

2.  Podrás consultar, en la nueva factura, toda la información detallada sobre el esquema de facturación del servicio de aseo.

3.  Amplia red de puntos de pago a través de medios digitales como Web y App.

Para más información llama a la línea de atención 24 horas al día 110.

Si tienes dudas o inconvenientes  con el valor facturado asociado al servicio de aseo, comunícate con:

 

  • Centro de Atención al Usuario

       Área Limpia

       Calle 129 # 54- 38/40

       Local 123 – 124

       atencionalusuario@arealimpia.com.co

 

  • Centro de Atención al Usuario (CAU)

       Trasv 4 # 51A-25 Chapinero

 

  • Supercade 20 Julio

       Cra 5A # 30D - 20 Sur

 

  • Cade Toberin

       Cra 21 # 169 - 62 Centro Comercial Stuttgart Local 118

¡Importante!

“El servicio de aseo no se puede pagar por separado salvo que exista reclamo ante la empresa prestadora de dicho servicio”. Artículo 147 de la Ley 142.

Se pueden presentar por distintos factores como:

 

  • Problemas técnicos en la infraestructura eléctrica.
  • Vandalismo o robo de la infraestructura eléctrica.
  • Problemas climáticos que afectan la infraestructura eléctrica
  • Mantenimientos programados a la  infraestructura eléctrica
  • Desconecta todos los equipos para evitar daños o descargas al momento que la energía regrese.
  • Reporta las fallas llamando a nuestra línea de atención 115, en nuestras redes sociales: Facebook: Codensa Energía y Twitter: @CodensaEnergía o en nuestro chat de servicio en la página web.

Pueden presentarse demoras debido a:

  • Retrasos en la llegada de los técnicos por causa del desplazamiento.
  • Difícil acceso en la zona afectada.
  • Densidad arbórea que dificulta los trabajos.
  •  Seguridad, las intervenciones no pueden realizarse en horas de la noche.
  • Condiciones climáticas no óptimas.

Puedes pagar tus facturas a través de nuestro botón de pagos PSE en https://www.enel.com.co (Botón de pago PSE), cajeros electrónicos, teléfono banco, internet, terminales Redeban Multicolor, Red CADE, Centros de servicio  y oficinas de recaudo autorizadas por Enel-Codensa.  Consulta todos los puntos de pago en: www.enel.com.co/es/pago-medios-electronicos.html

Puedes realizar tu denuncia a través de cualquiera de los canales de servicio al cliente que tenemos disponibles para ti:

  • Atención personalizada: acércate a cualquier sede de atención personal, CADE o SuperCADE.
  • Peticiones, Quejas y Recursos: Radica una carta en las sedes de atención personal autorizadas.
  • Líneas de Servicio : 7115115, opción 1 para Bogotá y 5115115 opción 2 para Cundinamarca y Líneas de Denuncias 5894894
  • Por falta de pago oportuno de las facturas de cobro expedidas por la EMPRESA, correspondiente a un (1) período de facturación. Por no cancelar los valores fuera de reclamacion y/o consumos promedios de acuerdo al laLey 142 art 155 aunque la cuenta este en reclamo. 
  • Por cancelar facturas con cheques que no sean pagados por el banco al momento de su presentación.
  • Por encontrarse anomalías en las conexiones, acometidas, medidores, sellos, cajas de medidores, pernos, chapas, etc. o líneas, o por incumplir con el pago de las sanciones impuestas por este motivo.
  • Por incumplimiento a las exigencias, requisitos o compromisos adquiridos con la EMPRESA.
  • Por alteración o variación unilateral e inconsulta de las condiciones de prestación del servicio, o por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el contrato. CCU
  • Por proporcionar, en forma temporal o permanente, el servicio de electricidad a otro inmueble o CLIENTE distinto de aquel para el cual figura contratado el servicio.
  • Por impedir la conexión a puntos eléctricos de la EMPRESA u obstaculizar la conexión o instalación de los aparatos o equipos exigidos.
  • En el caso de los CLIENTES beneficiarios de subsidios, por dar a la energía eléctrica un uso distinto de aquel por el cual se otorga el subsidio, o revenderlo a otros CLIENTES.
  • Cuando por razones atribuibles al CLIENTE, la EMPRESA no pueda tomar la lectura en dos (2) períodos consecutivos de facturación.
  • No ejecutar, dentro del plazo fijado, la adecuación de las instalaciones internas que, por razones técnicas o de seguridad en el suministro del servicio, exija la EMPRESA de acuerdo con las normas vigentes.
  • Efectuar sin autorización de la EMPRESA una reconexión cuando el servicio se encuentre suspendido.
  • Por impedir la revisión o verificación del equipo de medida y de las instalaciones o, por impedir el retiro, cambio o corrección del medidor y la adecuación de la acometida cuando la EMPRESA así lo determine.

No, este tipo de transacción no es válida en la empresa.

Puede ocurrir por alguna de las siguientes situaciones:

  • Por encontrarse anomalías en las conexiones, acometidas, medidores, sellos, cajas de medidores, pernos, chapas, etc. o líneas; o por incumplir con el pago de las sanciones impuestas por este motivo, cuando quede en firme la decisión.
  • Por incumplimiento a las exigencias, requisitos o compromisos adquiridos con la EMPRESA. Ejemplo: Una adecuación no realizada.
  • Por alteración o variación unilateral e inconsulta de las condiciones de prestación del servicio, o por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el contrato.
  • Por proporcionar, en forma temporal o permanente, el servicio de electricidad a otro inmueble o CLIENTE distinto de aquel para el cual figura contratado el servicio.
  • Por impedir la conexión a puntos eléctricos de la EMPRESA u obstaculizar la conexión o instalación de los aparatos o equipos exigidos.
  • En el caso de los CLIENTES beneficiarios de subsidios, por dar a la energía eléctrica un uso distinto de aquel por el cual se otorga el subsidio, o revenderlo a otros CLIENTES.
  • Cuando por razones atribuibles al CLIENTE, la EMPRESA no pueda tomar la lectura en dos (2) períodos consecutivos de facturación.
  • No ejecutar, dentro del plazo fijado, la adecuación de las instalaciones internas que, por razones técnicas o de seguridad en el suministro del servicio, exija la EMPRESA de acuerdo con las normas vigentes.
  • Efectuar sin autorización de la EMPRESA una reconexión cuando el servicio se encuentre suspendido.
  • Por impedir la revisión o verificación del equipo de medida y de las instalaciones o, por impedir el retiro, cambio o corrección del medidor y la adecuación de la acometida cuando la EMPRESA así lo determine.

 

Puedes radicar en los puntos de atención Presencial o en el correo electrónico: radicacionescodensa@enel.com

De acuerdo a lo contemplado en el artículo 158 de la Ley 142 de 1994, "La empresa responderá los recursos, quejas y peticiones dentro del término de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación". 

El número de cliente, nombre y teléfono del cliente. Preferible correo electrónico adicionalmente.

Se pueden llevar al laboratorio ubicado en la Av. Cra. 68 # 5-21.

En los centros de servicio Cundinamarca, (Aplica para todas las preguntas donde esté relacionado Atención Rural) puedes realizar trámites o gestionar reclamos, solicitudes, consultas y radicados.

El servicio no se suspende entre tanto se lleva a cabo el proceso de atención de la reclamación. Es importante tener en cuenta lo previsto en el art 155 de la ley 142 de 1994. ARTÍCULO 155. DEL PAGO Y DE LOS RECURSOS. Ninguna empresa de servicios públicos podrá exigir la cancelación de la factura como requisito para  atender un recurso relacionado con ésta. Salvo en los casos de suspensión en interés del servicio, o cuando esta pueda hacerse sin que sea falla del servicio, tampoco podrá suspender, terminar o cortar el servicio, hasta tanto haya notificado al suscriptor o usuario la decisión sobre los recursos procedentes que hubiesen sido interpuestos en forma oportuna.

  • Denuncio.
  • Factura del predio.
  • Fotocopia de cédula del propietario.
  • Autorización escrita con fotocopia de la cédula del autorizado, en caso de que el solicitante no sea el propietario.

Se debe poner el denuncio en una estación de Policía e informar a la empresa a través de los diferentes canales de atención al cliente.

Cuando el árbol está ubicado en espacio público y está afectando la calidad del servicio de energía eléctrica, dentro de las actividades de mantenimiento la empresa programa los trabajos poda correctiva o despeje de zona de la red de energía eléctrica. Tenga en cuenta que si el árbol está ubicado en propiedad privada, es responsabilidad del cliente el mantenimiento del árbol de forma que no afecte la prestación del servicio; por lo anterior, el cliente puede optar por alguna de las siguientes dos alternativas:

   1. El Cliente realiza la poda.

Si existe contacto o cercanía del árbol a la red de energía eléctrica, el cliente debe solicitar una desconexión a Enel-Codensa y así proceder sin riesgo eléctrico con la ejecución de la poda. Importante recordar que el Contrato de Servicio Público de Energía Eléctrica en el numeral 9.7 establece como obligación del cliente: “Proporcionar a las instalaciones, equipos y aparatos eléctricos, el mantenimiento y uso adecuado, con el fin de prevenir daños que puedan ocasionar deficiencias o interrupciones en el suministro del servicio”.

   2.  El Cliente solicita a Enel-Codensa la ejecución de la poda y asume el costo correspondiente.

Sí, en caso de que la conexión deba realizarse a las redes de distribución. Debes hacer el trámite enviando una carta solicitando la permanencia del servicio; en ella se debe relacionar un número de cliente al cual se le cargará el valor correspondiente dependiendo de la carga instalada y su duración.

En caso de que la iluminación sea conectada directamente del predio, no es necesario tener autorización, puesto que el consumo será registrado a través del medidor.

La ejecución de podas requiere de un permiso previo por parte de la autoridad ambiental competente como lo establece el Decreto 1791 de 1996, esto es,  por parte de la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA), en la zona urbana de Bogotá; y la autorización de la  Corporación Autónoma Regional que corresponda en la zona rural.

Este trámite requiere de autorización por parte del Departamento Administrativo del Medio Ambiente (DAMA), en la zona urbana; y la Corporación Autónoma Regional (CAR), en la zona rural.

En el evento que la suspensión o corte del servicio haya sido efectivo y causado por incumplimiento de las Condiciones Uniformes del contrato por parte del CLIENTE, para restablecer el servicio el CLIENTE deberá eliminar la causa que originó dicha suspensión o corte, pagar los gastos de reinstalación o reconexión y el de las sanciones pecuniarias si se hubieren proferido. El cobro se realiza en la factura siguiente a la ejecución de la reconexión.

Conoce nuestra sección de Tarifas de Energía, haciendo clic aquí.

El porcentaje de aumento o disminucion en las tarifas  es variable mes a mes y depende del comportamiento de los costos que componen la tarifa.

La formula tarifaria es definida y regulada por la Comisión Reguladora de Energía y Gas (CREG). Entidiad del Gobierno Nacional, adscrita al Ministerio de Minas y Energía.

A los clientes residenciales en estrato 1, 2 y 3 se aplica un porcentaje de subsidio sobre el consumo de subsistencia que es de  130 KWh para municipios con alturas superiores a 1,00 mts sobre el nivel del mar (ejemplo Bogotá); para municipos con alturas inferiores a 1.000 metros sobre el nivel del mar el limite de consumos a subsidiar es de 173 kWh; después de esta cantidad los kWh se facturaran con tarifa plena. 

Los porcentajes de subsidio son aplicados como maximo asi: Estrato 1: 60%, Estrato 2: 50%, y Estrato 3: 15%. El estrato 4 no tiene subsidio, y a los estrato 5 y 6 se les factura una contribución del 20% sobre el consumo total facturado. El porcentaje de subsidio aplicado para los estratos 1 y 2  son variable (cambian cada mes) y van entre el 50% y 60% para estrato 1, y entre el 40% y 50% para estrato 2, consulta las tarifas aquí: www.enel.com/hogar/tarifas

En la factura se reporta de manera discriminada el valor del consumo total por la tarifa plena del kWh y el valor del kWh aplicando el respectivo porcentaje de subsidio según el estrato.  En esta discriminación se muestra que valor corresponde al consumo sin subsidio y cuanto es el valor del subsidio a otorgar; esta sumatoria corresponde al valor a pagar por consumo.

CADE SERVITA: Calle 165  Nº  7 - 52

CADE CHICO: Carrera 16 No. 90 - 60

CADE TUNAL: Calle 47 B.Sur Nº 24B - 33 C. C. Tunal entrada 1

CADE PLAZA AMÉRICAS: Carrera 71D Nº 6 - 94 sur C. C. Plaza. Local 1132/34

CADE FONTIBÓN: Diagonal 16 Nº 104 – 51 (Centro Comercial Portal de la Sabana)

CADE LA GAITANA: Trans 126 Nº 133 - 32

CADE SANTA LUCÍA: Av. Caracas Nº 42 - 00 Sur

CADE LA VICTORIA: Diagonal 37 Sur No 2- 00 Este

CADE TOBERIN: Cra 21 No 169-62 Centro Comercial Stuttgart - Local 118

SUPER CADE AMERICAS: Av.  Cra 86 No. 43 - 55  sur PORTAL AMÉRICAS

SUPER CADE BOSA: Av. Calle 57 R sur No. 72D-12 PORTAL DEL SUR

SUPER CADE CARRERA 30: Carrera 30 No. 25-90

SUPER CADE SUBA: Av. Calle 145 No. 103 B – 90 PORTAL SUBA

SUPER CADE 20 DE JULIO: Carrera 5 A #30 D 20 Sur

Puedes ingresar a la página WEB de Enel Codensa www.enel.com.co, en la sección "Centros de Servicio y Puntos de Atención". Allí encontrarás la información de centros de servicio de Bogotá y Cundinamarca.

Los centros de atención rural o centros de servicio en Cundinamarca son:

AGUA DE DIOS: Cra 10 No. 11-05

ANAPOIMA: Cra 4 No. 4-29

CÁQUEZA: Calle 5 No. 5 A 37

CHÍA: Calle 5 N° 1 A -18

CHOACHÍ: Calle 3 No. 2 - 50

CHOCONTA: Carrera 5 No. 5 - 73 Centro Comercial El Molino Del Parque

FACATATIVÁ: Calle 7 B No. 5 -87

FUSAGASUGÁ CENTRO: Calle 10 No. 5 - 23 / 29

FUSAGASUGÁ NARIÑO: CALLE 9 No. 1 - 02 Barrio Antonio Nariño

GACHETÁ: Calle 5 No. 1- 84

GIRARDOT: Cra. 8 No. 20 A 73

GUADUAS: Calle 4 No. 8 - 31

LA MESA: Calle 4 A No. 21 - 42

LA PALMA: Carrera 3 Nº 5 - 68

LA VEGA: Carrera 4 Nº 11 - 70

MADRID: Calle 7 Nº 4 - 62

MESITAS: Calle 10 Nº 8 A - 52

PACHO: Calle 7 No. 27 - 58

PUERTO SALGAR: Calle. 11 No. 10 - 19

TOCAIMA: Calle 5 No. 7 - 43

UBATÉ: Carrera 4 Nº 10 - 98 BARRIO JUAN JOSE NEIRA

VILLETA : Cra 9 No. 3 -39

AGUA DE DIOS: Martes y Jueves 8:00 am a 01:00 pm

ANAPOIMA: Martes a Viernes 8:00 am a 12:00 m. / Sábados 8:00 am a 12:00 m.

CÁQUEZA: Lunes a Viernes 8:00 am a 12:00 m. y de 1:00 a 2:30 pm / Sábados 8:00 am a 12:00 m.

CHÍA: Lunes a Viernes 7:30 am a 5:00 pm / Sábados. 8:00 a.m. a 12:00 m.

CHOACHÍ: Lunes a Viernes 8:00 am a 12:00 m. / Sábados 8:00 am a 12:00 m.

CHOCONTA: Lunes a Sábado 8:00 am a 12:00 m. 

FACATATIVÁ: Lunes a Viernes 7:30 am a 5:00 pm / Sábados 8:00 am a 12:00 m.

FUSAGASUGÁ CENTRO: Lunes a Viernes 7:30 am a 5:00 pm / Sábados 8:00 am a 12:00 m.

FUSAGASUGÁ NARIÑO: Lunes a Viernes 7:30 am a 5:00 pm / Sábados 8:00 am a 12:00 m.

GACHETÁ: Lunes a Sábado 8:00 am a 12:00 m. 

GIRARDOT: Lunes a Viernes 7:30 am a 5:00 pm /Sábados 8:00 am a 12:00 m.

GUADUAS: Lunes a Sábado 8:00 am a 12:00 m. 

LA MESA: Lunes a Viernes 8:00 am a 12:00 m. y 1:00 a 2:30 pm / Sábados 8:00 am a 12:00 m.

LA PALMA: Lunes a Sábado 8:00 am a 12:00 m. 

LA VEGA: Lunes a Sábado 8:00 am a 12:00 m. 

MADRID: Lunes a Viernes 7:00 am a 5:00 pm / Sábados. 8:00 a.m. a 12:00 m.

MESITAS: Lunes a Viernes 8:00 am a 12:00 m. y de 1:00 a 2:30 pm / Sábados: 8:00 am a 12:00 m.

PACHO: Lunes a Sábado 8:00 am a 12:00 m.

PUERTO SALGAR: Lunes a Sábado 8:00 am a 12:00 m.

TOCAIMA: Lunes, Miércoles y Viernes de 8:00 am a 01:00 pm

UBATÉ: Lunes a Viernes de 7:00 am a 5:00 pm / Sábados. 8:00 am a 12:00 m.

VILLETA: Lunes a Viernes de 9:00 am a 12:00 m. y de 1:00 pm a 2:30 pm / Sábados: 8:00 am a 12:00 m.

En todos los centros de servicio de Bogotá y Cundinamarca puede realizar este proceso.

También puede radicar enviando un correo electrónico a radicacionescodensa@enel.com sin tener que ir a un centro de servicio. En el correo recuerde autorizar expresamente que le contesten por el mismo medio.

Sí es posible. Para hacerlo, debes acercarte a una sede de atención personal o a un CADE.

Sí, las facturas de predios ubicados fuera de Bogotá pueden pagarsen en todos los puntos de recaudo autorizados por Enel-Codensa.

No, cualquier cobro será registrado en la factura del cliente.

Sí, se puede realizar convenio de pago para los valores facturados por este concepto.

No, puedes efectuar el pago presentando la factura sin sello de autorización.

Sí, estas oficinas también reciben las facturas de Enel-Codensa de la ciudad de Bogotá.

Sí. Sin embargo, el cobro está sujeto al resultado de la revisión, en caso de que esta fuera realizada por la Empresa para verificar el funcionamiento del medidor o estado de la acometida. Adicionalmente tendrá costo cuando el cliente sea quien solicite la revisión.

La empresa no tiene factultad sancionatoria, solo puede realizar cobros por consumos no registrados a travez de cobros de recuperación de energia, las comunicaciones del debido proceso van dirigidas a USUARIO, SUSCRIPTOR O PROPIETARIO.

Las instalaciones mínimas que debe tener el predio para solicitar el servicio por primera vez, son las instalaciones internas.

Necesitas el certificado de libertad del predio, boletín de nomenclatura del predio, fotocopia de la cédula del propietario, fotocopia de una factura de energía de un vecino de la misma manzana; junto con estos documentos debes acercarte a una sede de atención personal y hacer la solicitud. La vigencia de los documentos no debe exceder 30 días calendario. Para cuentas rurales, adicional a los documentos mencionados anteriormente, es necesario adjuntar un plano de localización. En caso de que el solicitante no sea el propietario, debe adjuntar carta de autorización y fotocopia de la cédula de ciudadanía del propietario y del autorizado.

Con base en la Ley 142 de 1994 y el CCU Enel-Codensa, se llevarán a cabo las suspensiones que sean necesarias y, en cada una de ellas, se realizará el cobro establecido en el tarifario como verificación del estado de la conexión.

Sí es necesario, ya que se trata de la solicitud de un nuevo suministro.

  • Factura del predio cancelada.
  • Autorización del propietario y fotocopia de su cédula, o autorización escrita con fotocopia de la cédula del autorizado.
  • Certificado de libertad (con vigencia de 30 días calendario) en caso de que la factura no esté a nombre del propietario.

La altura establecida es: 1.20 mts.

En cualquier ferretería. Lo importante es que los materiales cumplan con las normas técnicas vigentes, evaluación que hace Enel-Codensa al momento de aprobar los trabajos.

Medidor de energía monofásico bifilar 120v 15(60)A cl-2

Medidor monofásico trifilar 120/240v 15(60)A

Medidor trifásico 120-208 v 3x20(80)A

Medidor de energía trifásico tetrafilar 120-208v. 3x50 (150)A

Las clases de medidores son: monofásicos y trifásicos.

Entre las marcas se encuentran: Hexing, CDM, Enel, Complant, Iskra, Siemens, ABB y Landis.

Este proyecto consiste en dar Cumplimiento Inmediato a las Solicitudes mediante una cita previa en la cual se emitirá el presupuesto de la obra y su posterior ejecución.

Sí, se reclaman en el laboratorio de medidores ubicado en la Av. Cra. 68 No. 5-21 con los siguientes requisitos:

  • Factura que acredite la compra del equipo (sea de ENEL-CODENSA o de otro proveedor).
  •  Calidad de la persona que reclama el medidor para verificar la propiedad, en caso de no ser propietario, carta de autorización.
  • Fotocopia de la cédula del propietario y del autorizado.
  • Acta de retiro del medidor.

Sí, siempre y cuando se haga expresa constancia de esa necesidad en las observaciones cuando se hace la solicitud ante la empresa.

Significa que cumpla con las especificaciones técnicas adecuadas para su instalación.

No, los medidores retirados no son reutilizables.

Sí, siempre y cuando sea reubicado y en el predio donde se instalará no exista medidor.

Es el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas y fue creado por el Decreto 18039 de 2004, del Ministerio de Minas y Energía. El objetivo de este reglamento es establecer medidas que garanticen la seguridad de las personas, vida animal y vegetal y la preservación del medio ambiente, previniendo, minimizando o eliminado los riesgos de origen eléctrico.

Puedes consultar las Normas Técnicas y Especificaciones Técnicas de ENEL-CODENSA de forma gratuita dando clic aquí.

El documento no tiene costo, se puede descargar de la página del Ministerio de Minas y Energía siguiendo este enlace.

El cobro de recuperación de energía recae sobre el predio no a una persona particular.

Conoce toda la ley aquí y mantente informado.

También te invitamos a conocer nuestra política de Tratamiento de Datos Personales aquí.

Cómo realizar consultas:

Para ampliar la información sobre cómo proteger tus datos o resolver tus inquietudes, desde Bogotá marca al 7115115 opción 5 - 1 o desde Cundinamarca marca 018000912115 o 3532626 opción 4.

Visita nuestros Centros de Servicio, consulta las direcciones aquí.

La consulta deberá ser atendida en un término máximo de (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Requisitos para presentar un reclamo:

Puedes presentar su reclamo desde Bogotá marcando al 7115115 opción 5 - 1 o desde Cundinamarca marca 018000912115 o 3532626 opción 4.

Visita nuestros Centros de Servicio, consulta las direcciones aquí.

El interesado deberá formular el reclamo mediante solicitud dirigida a la Empresa, deberá contener:

  • Identificación del Titular.
  • Descripción del reclamo.
  •  Dirección para notificación.
  • Documentación que quiere hacer valer.

Si el reclamo por parte del cliente no está completo, se solicitará al cliente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción del reclamo para que presente la información faltante.

El cliente tiene dos (2) meses desde la fecha del requerimiento para entregar la información requerida, si no entrega la información se dará por finalizado el caso.

Si la empresa no puede resolver el reclamo, le dará traslado a quien corresponda e informará de la situación al interesado.

El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Sí, ya que la custodia del medidor es responsabilidad del cliente.

Una comunicación puede radicarse en cualquier caso

El cliente tiene derecho a su defensa por ende debe inicir por PQR, a partir del cual se le otorga el recurso de reposición y de apelación y el proceso se remite a la SSPD quien decice cual de las partes tiene la razon emitiendo un fallo al respecto.

De acuerdo al contrato de condiciones uniformes (CCU), la empresa tiene el alcance de realizar inspecciones técnicas cuando lo estime pertinente para asegurar que la medida este en optimas condiciones de funcionamiento y no exista riesgo eléctrico para los usuarios.

El cliente debe presentar un denuncio de hurto del medidor ante la policia, se reitera que la empresa no sanciona a los clientes.

Realiza la denuncia a través de cualquiera de nuestros canales de servicio al cliente, que tenemos disponibles para ti.

  1. Atención personalizada: debes acercarte a cualquier sede de atención personal, multiservicio, CADE o SuperCADE.
  2. Peticiones, Quejas y Recursos: radica una carta en las sedes de atención personal autorizadas.
  3. Atención telefónica:
  • Linea gratuita 018000912115 opción 5 - 5
  • 3532626 opción 5 - 5
  • Desde cualquier teléfono movistar sion costo al 115 opción 5.

 

 

En la línea de atención telefónica 115 te darán la información correspondiente. Así mismo, estos son los diferentes medios donde con anterioridad te avisamos sobre los mantenimientos programado:

Periódico ADN.

Emisoras de radio.

Página web.

También puedes inscribirte para que te llegue un mensaje de correo o de texto en la sección de alertas y mensajes de nuestra página web.

 

Estos son los diferentes medios donde con anterioridad te avisamos sobre los mantenimientos programados:

  • Periódico ADN.
  • Emisoras de radio. 
  • Pagina web.

También puedes inscribirte en el sistema de Mensajes y Alertas a través de la página web

El cliente debe recibir un acta que indica el procedimiento que se realizó.

Porque el cliente no debe obstaculizar la ejecución de las inspecciones

La autenticidad de las personas que te visitan y dicen ser de Enel-Codensa, puedes verificarla en la línea de atención telefónica en Bogotá 7115115 opción 1, en Cundinamarca 5115115 opción 2 y la línea 018000912115. Allí con el nombre y número de cédula del técnico o la placa del vehículo podrás confirmar la autenticidad.

La empresa no tiene facultad sancionatoria, solo puede realizar cobros por consumos no registrados a través de cobros de recuperación de energía. Las oficinas disponibles para este tipo de cobros son:  SAN DIEGO, AV SUBA, VENECIA, RESTREPO, FACATATIVA Y GIRARDOT CON APOYO REMOTO.

En todos los centros de servicio de Bogotá y Cundinamarca puede realizar este proceso, tenga en cuenta que este trámite debe realizarse de manera personal, puesto que el cliente debe firmar un pagaré con el cual se compromete a cancelar la deuda en el tiempo pactado.

Telefónicamente se dará la información sobre el plan con el cual se puede financiar la deuda, pero para realizar el acuerdo debe dirigirse a una sede de atención personal, ya que es necesario firmar el pagaré con el cual se compromete a cancelar la deuda en el tiempo pactado.

Se expiden de inmediato en las sedes de atención personal y en los CADE si la solicitud es por pagos de consumo normal. En caso de solicitudes específicas de algún producto adicional se debe solicitar por escrito, radicando la comunicación en cualquier sede de atención personal. Cuando el solicitante no es el propietario del predio, debe presentar autorización escrita y fotocopia de la cédula de ciudadanía del propietario y del autorizado.

 

Acreditación de la propiedad del predio: Si el propietario no es el registrado en la EMPRESA, el certificado de tradición presentado no debe tener fecha de expedición mayor a 30 días. Si se trata de una promesa de compraventa, esta no debe ser mayor a 60 días.

  • Persona Natural

Fotocopia del documento de identidad.

  • No es propietario

Carta autenticada del propietario donde autorice la suscripción del convenio de pago al solicitante

Fotocopia de los documentos de identificación del propietario y del autorizado.

  • Poseedor o invasor

Copia del documento que evidencie el inicio del trámite notarial de protocolización de posesión.

  • Secuestre o Liquidador.

Copia del auto o memoria del juzgado o la resolución de superintendencia en la cual se evidencie la designación como secuestre o liquidador del inmueble

Copia del documento de identificación.

  • Heredero

Copia del acta de defunción del propietario

Copia del registro civil que acredite el parentesco entre solicitante y propietario o de tratarse de un proceso de sucesión, copia del documento que evidencia que el solicitante hace parte del grupo de personas reconocidas en dicho proceso.

Copia del documento de identificación del solicitante.

  • Persona Jurídica

Certificado de Cámara de Comercio con vigencia no superior a 30 días.

Fotocopia de su documento de identificación.

  • No es Representante Legal

Carta de autorización firmada por el representante legal

Certificado de cámara de comercio con vigencia no mayor a treinta (30) días

Sí. Es susceptible de descuento por medio de condonación los intereses acumulados, el cual se hace efectivo cuando se aplique el pago en el Sistema Comercial y se facture el siguiente ciclo

No existe un valor mínimo para financiar. Sin embargo, la decisión quedará sujeta a los antecedentes que tenga la cuenta.

Una deuda puede ser financiada desde una cuota hasta 36 cuotas, con cuotas iniciales de 30%  si el solicitante es el propietario, de no ser así, se requiere de una autorización escrita por parte del propietario con el fin de contar con las mismas condiciones, de lo contrario la deuda sólo se podrá financiar en un plazo no mayor 3 cuotas.

Dado que entró en vigencia la Ley de arrendamiento en Julio 10 de 2004, para CLIENTES RESIDENCIALES, en caso de que el propietario efectúe la denuncia del contrato de arrendamiento, la EMPRESA acepte la denuncia y se mantenga la vigencia de la misma, el propietario no es solidario con el arrendatario.

Sí, ya que es una obligación del cliente y se encuentra estipulado en el Contrato de Servicio Público de Energía Eléctrica, artículo . 9.5."Facilitar el acceso al inmueble a las personas autorizadas por LA EMPRESA para hacer revisiones…"

Es obligación de la EMPRESA reconectar el servicio una vez la EMPRESA determine que se han superado las causas que dieron origen a la suspensión, en el término máximo de tres (3) días hábiles. La reconexión del servicio solo podrá ser ejecutada por el personal autorizado por la EMPRESA.

No. Sin embargo, sí es obligación permitir el acceso al medidor para verificar la lectura del mismo, por esto se recomienda a los clientes que no permanecen en el predio que su medidor se encuentre en la parte externa.

El reporte puede realizarlo a través de la línea de atención telefónica 7115115 opción 5 o al 115, durante las 24 horas del día

Si cuentas con la documentación correspondiente para cada caso, la solicitud se puede gestionar a través de:

  1. La línea de atención telefónica 7115115 opción 1.
  2. Canales de Atención personalizada: Puedes acercarte a cualquier Centro de Servicio, Multiservicio, CADE o SUPERCADE con la documentación.
  3. Para peticiones, quejas y reclamos:  Puedes radicar una carta adjuntando los documentos correspondientes radicacionescodensa@enel.com

Si la llamada se realiza de un teléfono fijo no se realiza cobro, pero si la llamada se realiza desde un celular ésta tendrá el costo del minuto de tu operador. Para Cundinamarca tenemos 115 gratuito desde el operador Claro

No, puedes efectuar el pago presentando la factura sin sello de autorización.

Sí es posible, para hacerlo debe acercarse a un Centro de Servicio Enel-Codensa o a un punto de la Red Cade.

Después de la segunda fecha de vencimiento, las facturas puedes pagarlas a través  de nuestro botón de pagos PSE en https://www.enel.com.co (Botón de pago PSE), Terminales Redeban Multicolor, Corresponsales Baloto, Bancolombia  a la mano,  Centros de Servicio Enel-Codensa y, Red CADE en Bogotá y Sabana. No es necesario tener autorización.

Página WEB Enel Codensa www.enel.com.co Ingresar a Centros de Servicio y Puntos de Atención. Encontrarán la información de centros de servicio de Bogotá y Cundinamarca.

Las denuncias por mala atención de los funcionarios de la compañía puedes realizarlas a través de la línea telefónica 589 48 94 o a través de nuestra WEB en la sección defensor del cliente.

No se requiere.

No es necesario; puedes inscribirte a través de nuestro enlace de Factura Virtual sin realizar registro en la web. También  puedes solicitarlo a través de nuestros canales de atención Presencial o Telefónico.

Sí, aplica para todas las cuentas, sea Residencial, No Residencial y Empresarial.

Al aceptar recibir la factura virtual, remplazará la entrega de la factura física en papel a partir del 2do mes de envío.

Te la haremos llegar al correo electrónico que hayas registrado; contiene la misma información que la factura física incluyendo los anexos de cobros de otros productos o servicios (Crédito, seguros, etc.).

Te acompañaremos en ente cambio enviándote durante los dos primeros meses posterior a la inscripción con la factura física, posterior a esto seguiremos enviándola al correo que hayas registrado.

Al estar inscrito en Factura Virtual te notificaremos vía mensaje de texto (al nro. celular que hayas registrado) que tu factura puede ser consultada en el correo electrónico.

15 días hábiles contados desde la fecha de radicación

Si, puedes tener más de un correo asociado a la cuenta, por ejemplo, tanto el propietario como el arrendatario pueden tener factura virtual; de esta manera tanto el propietario como el usuario del servicio podrán disfrutar de este beneficio.

Contamos con diferentes canales de pagos autorizados como: Botón de pagos PSE, Internet, Teléfono banco, Cajero electrónico, Terminales Redeban Multicolor, Banca móvil, Débito automático y Billeteras virtuales, en las que no se requiere el documento físico, solo con el número de cuenta puedes realizar el pago.

Con Factura Virtual no requieres imprimir tu factura ya que cuentas con medios electrónicos para realizar tu pago. Te invitamos a que los conozcas en nuestra página web.

En caso que requieras imprimir (física) se recomienda usar impresora láser y/o usar el navegador Google Chrome o Imprimir su duplicado en los auto consulta ubicados en los puntos de atención.

Dado que el reparto de factura, así como el registro de usuarios, es un acto indispensable propio de la prestación del servicio. Si deseas consultar cómo Enel-Codensa hace el tratamiento de sus datos, puedes conocerlo haciendo clic aquí.

Recuerda que la factura virtual está asociada al servicio de energía garantizando que el cliente tenga un acceso fácil y adecuado a su factura a través de los diferentes medios.

No te preocupes, ya que un (1) día antes de la primera fecha de vencimiento te enviamos un recordatorio vía mensaje e de texto al número móvil registrado recordándote el pago de la factura.

Realizamos el envío de tu factura al correo electrónico registrado; para asegurar la entrega debes marcarnos en tu buzón como remitente seguro.

La factura virtual se emite completa, es decir por todos los conceptos facturados.

Todo el trámite tanto activación como retiro o desactivación de factura virtual se puede realizar a través de la página web, o contactarnos por cualquiera de los canales de su preferencia.

El responsable del pago es el que determina la forma en que debe llegar la factura. Si el propietario lo desea, él también puede recibir la misma factura virtual al tiempo con los demás usuarios, así llevará un control de la factura de su predio.

Sí puede hacerlo, por la página web desactivando el predio anterior y activando el nuevo, o lo puede hacer por cualquiera de los canales de la compañía.

Sí, el servicio de factura virtual aplica para todos los clientes Enel Codensa.

Sí, puedes realizar la activación de factura virtual por los canales declarados, una vez quede activo, se desactiva el reparto especial.

La factura virtual se generará a partir del siguiente periodo de facturación al que se encuentra en proceso.

Sí, se deben ingresar los siete (7) dígitos del número de cliente sin guion. El último digito que corresponde a un digito de verificación (el que se encuentra después del guion lo debes incluir en otro campo).

Ya no aplica

Para la Factura en sitio (FIS sucursales 4000,5000 y 6000), el documento de pago estará disponible dos días después de recibida la factura, debido a procesos internos del área de Facturación.

Sí, la factura estará disponible hasta que se genere un nuevo documento de pago.

Sí, estos documentos estarán disponibles en el botón de pago PSE en nuestra pagina web https://www.enel.com.co (Botón de pago PSE)

Primero, se debe verificar en el banco si el cliente tiene habilitado el pago por PSE y que el monto autorizado cubra el valor a pagar en la factura. El cliente debe verificar el saldo en la cuenta, esperar un rato e intentar nuevamente el pago, es posible que la entidad bancaria no estuviera en línea al momento de aprobar la transacción.

Debe esperar entre 20 y 30 minutos para intentar de nuevo el pago con el fin de que el sistema autentique que no se finalizó la operación.

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